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La fiscal jefe de Sevilla, María Jose Segarra, tras consultar con el fiscal de sala de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, ha decidido recurrir, porque creen que había pruebas suficientes de la conducción bajo la influencia del alcohol, aspecto que no fue tenido en cuenta en la sentencia al indicar el juez que se rompió la cadena de custodia de las muestras en el hospital. No obstante, la Fiscalía está satisfecha con la resolución divulgada por el juzgado penal 6, que Segarra considera "relevante" porque incluso aceptando el delito de conducción bajo los efectos del alcohol, podría haberse situado en los mismos dos años y medio de cárcel impuestos.

Ortega Cano fue condenado a dos años, seis meses y un día de cárcel por delitos de homicidio por imprudencia grave y conducción temeraria, por el accidente que provocó el 28 de mayo de 2011 cuando circulaba a 125 kilómetros por hora en una carretera limitada a 90 y en el que murió Carlos Parra. La Fiscalía intentará que la Audiencia incluya un tercer delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, que permitió situar su petición inicial de condena en cuatro años.

La prueba de alcoholemia practicada a Ortega Cano en el hospital Virgen Macarena de Sevilla, donde quedó ingresado en estado grave, arrojó 126 gramos de alcohol por litro de sangre, el triple de lo autorizado, pero la juez rechazó esa prueba porque las muestras se tomaron para fines terapéuticos y se rompió su cadena de custodia.

El presidente de la Audiencia de Sevilla, Damián Álvarez, ha dicho que la sentencia definitiva sobre este accidente podría conocerse, en circunstancias normales, antes de que concluya este año.