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Aprobada la reforma del código penal para endurecer las sanciones contra los conductores temerarios
Quienes conduzcan ebrios o a más de 200 por hora en autovía irán a la cárcel

Los conductores temerarios ingresarán en prisión. El pleno del Congreso de los Diputados aprobó la reforma del Código Penal en materia de seguridad vial, que persigue castigar más duramente determinados comportamientos en la carretera, con penas de cárcel en los casos de infracciones más graves.

El texto eleva las faltas a delitos en varios casos: conducir a más de 200 kilómetros por hora en autovía, a más de 180 en carretera y a 110 en vía urbana; más de 1,2 gramos del alcohol por litro de sangre- el límite estaba en 0,5 gramos por litro-; o circular sin permiso por haber perdido todos los puntos del carné o no tenerlo. En estos supuestos se castigará con penas de tres a seis meses de prisión, multa de seis a 12 meses y trabajos a favor de la comunidad de 30 a 90 días.

Desprecio a la vida

Se prevén además sanciones de seis meses a dos años de cárcel para el conductor que "con temeridad manifiesta" ponga en peligro la vida o la integridad de las personas, y la pena se endurecerá de dos a cinco años si el que va al volante actúa "con consciente desprecio por la vida de los demás", según la interpretación que haga el juez.

Como novedad, se penará con seis meses a un año de prisión a los conductores que se nieguen a someterse a las pruebas de alcoholemia, drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

Con hasta dos años de cárcel, multa de 12 a 24 meses y trabajos sociales de 10 a 40 días se castigará a quienes coloquen en la vía obstáculos imprevisibles, derramen sustancias deslizantes o inflamables, o quiten señalizaciones.